Cartas
La Ley Emilia y el rol del TC
Señor director:
El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado admisibles más de una veintena de requerimientos en contra de la denominada Ley Emilia, y otros tantos respecto de la Ley de Armas. Lo anterior avizora la posibilidad que se eliminen tales leyes, cuestión que ha sido advertida y criticada por sus impulsores en razón del contenido de un reciente fallo del TC . El TC debe revisar caso a caso los recursos presentados por los eventuales infractores de las leyes (Art. 93 N° 6 de la Constitución) por lo que, dependiendo de las particularidades de cada gestión, pueda aceptar o no su inaplicabilidad al caso concreto.
El TC no ha cuestionado la estructura de la Ley Emilia, consistente en los delitos de manejo en estado de ebriedad, el delito de abandono de la víctima sin prestar ayuda, ni el delito de no denunciar los hechos a las autoridades. Lo que se cuestiona es parte de la norma que pareciera contrariar ciertos principios que se estiman esenciales para el Derecho, como son el de igualdad y proporcionalidad.
Por ello, correcto parece, en un Estado democrático, exista un tercero imparcial -como lo es el TC- que revise la constitucionalidad de las normas, especialmente tratándose de leyes penales.
Alejandro Leiva