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Aerolíneas confían en poder operar algunos vuelos aunque con demora

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El Grupo LATAM Airlines, informó que, de acuerdo a los antecedentes entregados por las autoridades, la operación de vuelos internacionales durante estos días podrá llevarse a cabo, aunque con algunas demoras en el itinerario.

En este escenario, recomendaron a los pasajeros de rutas internacionales llegar con la anticipación de 4 horas previas a la salida del vuelo, y a quienes no han modificado su vuelo inicial, se les sugiere mantener la fecha original. Según la información entregada por las autoridades, se prevén algunas limitaciones operacionales que obligarían a la compañía a cancelar y reprogramar algunos vuelos dentro de Chile.

Sky Airline anunció que la compañía no ha cancelado ninguno de sus vuelos programados para el 17 y 18 de diciembre.

"Si bien el anuncio de movilización de la DGAC nos exigió hacer un llamado a los pasajeros para que cambien los pasajes que tenían programados para esa fecha -como una medida precautoria- Sky no ha cancelado sus vuelos", recalcó el jefe de comunicaciones de la compañía, David Fuentes.

Pese a lo anterior la aerolínea explicó que, de todos modos, la movilización del resto de los funcionarios de la DGAC sí causará retrasos importantes en la llegada y salida de los aviones, ya que el personal de los aeropuertos de todo Chile no estará operando al cien por ciento, particularmente en las zonas de seguridad.

Se vienen los 2 últimos feriados obligatorios e irrenunciables

Autoridades llaman a los empleadores del sector comercio a respetarlos en estas fiestas de fin de año.
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Redacción - La Estrella de Antofagasta

En los próximos días celebraremos las fiestas de fin de año que concentran dos de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables del año: el 25 de diciembre y 1 de enero.

Por eso el seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, junto al director regional del Trabajo, Rubén Gajardo, realizaron un llamado a respetar los feriados por Navidad y Año Nuevo.

Ambos recorrieron ayer la galería comercial Patio Alcántara de Antofagasta, para entregar volantes informativos sobre la normativa legal que rige para los trabajadores del sector comercio.

En ellos explicaron que en el periodo previo a Navidad la ley autoriza al empleador para extender la jornada de trabajo hasta dos horas diarias durante 9 días, distribuidos durante los 15 días previos a la festividad, sin embargo, "en ningún caso se podrá trabajar más allá de las 23 horas", precisó el seremi.

Por eso el 24 de diciembre el comercio debe estar cerrado sí o sí a las 20 horas, lo que significa que los empleadores bajo ninguna circunstancia podrán mantener a su personal en el establecimiento después de ese horario.

La labor fiscalizadora para estas fechas estará centrada en tres aspectos fundamentales y que tienen relación con respetar la extensión horaria, el cierre previo a Navidad y el feriado obligatorio e irrenunciable del 25.

Gajardo explicó que las multas por no respetar este feriado obligatorio se aplican por cada trabajador en infracción y va a depender del número de trabajadores de la empresa, ya sea entre 1 y 49; 50 y 199 y 200 y más empleados, aplicándose multas de 5 UTM ($224.775), 10 UTM ($449.550) y 20 UTM ($899.100), respectivamente.

En caso que no se respete la extensión horaria, durante los 15 días anteriores a Navidad, las multas se aplican por empresa y de acuerdo al número de trabajadores. De esta forma, si se excede el máximo de 45 horas semanales de la jornada ordinaria legal o exceder el máximo de 2 horas extras por día, las multas son de 10 UTM ($449.550); 40 UTM ($1.798.200) y 60 ($2.697.300) UTM, respectivamente.

En caso que se vulnere los derechos de los trabajadores, éstos pueden realizar sus denuncias en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl.

La normativa excluye del feriado obligatorio e irrenunciable a quienes trabajen en clubes o restoranes, locales de entretención como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabaret, casinos de juego y lugares de juego legalmente autorizados.

En igual situación, están quienes laboran en expendio de combustibles, farmacias de urgencia o que cumplen turnos fijados por la autoridad sanitaria.

1 a 49 empleadores las empresas que no respeten feriado se exponen a multas de $224.775.