Redacción - La Estrella de Antofagasta
Ayer a las 16:05 horas el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta dictó un fallo histórico por el horrendo crimen ocurrido el 1 de enero de 2016 en las cercanías de la Vega, donde Amalia del Rosario Contreras González, de 67 años, fue violada y asesinada por Yonathan Sánchez Riffo, de 21 años, quien también le sustrajo 50 mil pesos en efectivo.
El tribunal fue implacable y encontró a Sánchez Riffo culpable del delito de violación con homicidio y, además, robo en lugar habitado. Por tanto, la condena fue altísima: presidio perpetuo calificado por lo primero y también deberá cumplir otros cinco años y un día por el robo.
Esta condena fue histórica y así lo explicó Juan Castro Bekios, fiscal de Delitos Violentos de Antofagasta.
"Esto es coincidente con la solicitud que hicimos tanto en los alegatos de clausura como en la audiencia de veredicto y determinación de pena (…) Estamos conformes con la sentencia que ha dictado el Tribunal Oral, donde hicieron un justo, adecuado y racional reproche penal al imputado por cometer una conducta tan grave como los hechos donde fue víctima esta mujer de 67 años el 1 de enero de 2016", expresó Castro Bekios.
Hay que destacar que el Tribunal declaró en su momento, que con el informe de autopsia expuesto por el doctor Rodrigo Valdés Annunziata, especialista en anatomía patológica y medicina legal tanatológica del Laboratorio de Criminalística de Carabineros, resultó acreditado más allá de toda duda, que la víctima fue agredida sexualmente cuando se encontraba con vida, de lo que dan testimonio las diversas heridas de defensa que tiene, prueba inequívoca que trató de evitar la consumación del ilícito.
Pero, concretamente, ¿qué significa presidio perpetuo calificado y la condena por robo en lugar habitado que deberá cumplir Yonathan Sánchez?
"Primeramente, hay que aclarar que el presidio perpetuo, tanto simple como calificado, son para que el imputado esté el resto de su vida en la cárcel. Sin embargo, cuando tiene el nombre de 'calificado', el acusado recién podrá tener derecho a solicitar algún tipo de beneficio -que puede ser rechazado de inmediato- luego que cumpla 40 años en la cárcel. Suponiendo que así ocurriera, luego de esos 40 años tendría que cumplir otros cinco años y un día por el delito de robo. Sin embargo, en Yonathan Sánchez Riffo está en una situación demasiado compleja por la gravedad de los hechos, los cuales son los más graves de nuestro ordenamiento jurídico", explicó el fiscal.
Pero eso no fue todo. En la audiencia de determinación de pena, es decir cuando se discute la pena que deberá cumplir el acusado, el fiscal Juan Castro Bekios dijo que "hicimos valer como antecedentes -puesto que estimamos que Sánchez Riffo no tenía irreprochable conducta anterior- la existencia de una condena por un delito de abuso sexual que él cometió cuando era menor de edad. Eso implicaba que ya había existido un reproche penal por un delito de la misma naturaleza. Por ende, no había ninguna circunstancia atenuante que favoreciera al acusado".
Hay que señalar que Sánchez Riffo y su abogado defensor se excusaron de asistir a la lectura del fallo. Además, el primero deberá cumplir su larga condena en el Centro Penitenciario local.
9:30 horas del 1 de enero del año pasado se conoció este crimen en calle Calama, cerca de la Vega.