En septiembre de este año podría aprobarse la ley que prohibirá el funcionamiento de los minicasinos
La normativa fue aprobada en general por los integrantes del Senado, ahora se someterá a la discusión en particular.
Redacción
Esta semana el Senado aprobó, en general, el proyecto de ley sobre máquinas de juego fuera del ámbito de la ley de casinos. Normativa que busca prohibir la proliferación de los llamados minicasinos y las máquinas de juegos de azar que se ubican en los barrios de la mayoría de las ciudades del país.
Un proyecto que, según informó el senador por la región, Pedro Araya, ahora deberá seguir su trámite legislativo y discutirse en particular en la comisión de Constitución y Justicia.
En esta etapa, se perfeccionarán varios aspectos como las penalidades y se abordarán temas como los juegos on line.
De seguir con el proceso se estima que en septiembre u octubre de 2019, esta iniciativa legislativa ya pueda transformarse en ley, para que posteriormente se promulgue y se pueda aplicar.
Respecto a los objetivos, el parlamentario comentó que dicho proyecto busca llenar el vacío legal que hay y en el que los dueños de dichos negocios se han amparado.
"(El proyecto) avanza en regular un sector que hoy, producto de la desregulación, ha crecido de forma inorgánica, prosperando en ferias libres, almacenes, (…) y todos sabemos lo que ha producido".
Entre los detalles importantes que destacó el senador Araya está el que las máquinas tragamonedas solo podrían funcionar al interior de los casinos de juego.
En tanto, los dueños de minicasinos que quieran funcionar con patente municipal, tendrán que comprobar con un certificado emitido por la superintendencia de Casinos (SIJ) que dichas máquinas son de destreza y no de azar.
De no contar con dicha documentación, el municipio en donde se emplaza dicho local, tendrá la facultad de clausurar el recinto y carabineros podrá hacer el retiro de dichas máquinas de juego.
También sancionará, con reclusión menor en sus grados medio a máximo y multa de 11 a 200 UTM (desde $531 mil a $9 millones 748 mil), a quien, sin la debida autorización, desarrolle actividades que, en virtud de la ley, están reservadas a un operador de casinos de juego.
Asimismo, se aplicará la multa de reclusión menor en su grado mínimo o multa a quienes participen como jugadores, en actividades cuya explotación esté sancionada.
La Estrella Loa