Quien sea "positivo" y salga a la calle pagará con 5 años de cárcel
Ley despachada ayer endurece multas y castigos también a empleadores y organizadores de fiestas en pandemia.
Jorge Reyes Patuelli
La Cámara de Diputados y Diputadas aprobó ayer el proyecto que aumenta las sanciones para las personas que infrinjan las medidas sanitarias en plena pandemia y quedó lista para convertirse en ley, con la novedad de que quien la vulnere arriesga hasta 5 años de cárcel si es tiene Covid-19.
Según cifras del Gobierno, hasta ayer se realizaron 17 millones 471 mil fiscalizaciones a personas en toques de queda, aduanas, cordones sanitarios y cuarentenas en todo el país. "Va a haber una fiscalización extraordinariamente rigurosa y rígida", dijo el ministro de Defensa, Alberto Espina.
Modificaciones
El proyecto tuvo un gran cambio en su paso por el Senado, ya que no sólo aumentó la rigurosidad del castigo, sino que también las multas, las cuales fueron aprobadas con 80 votos a favor, 64 en contra y cuatro abstenciones.
Además, se agregaron dos artículos. El primero apunta a quienes violen la medida sabiendo que tienen Covid-19, arriesgando castigos más severos; y el segundo sobre las sanciones a los empleadores que también a sabiendas, ordenen a su trabajador a cumplir labores fuera de su domicilio.
1. Castigos. La norma señala que si una persona infringe las medidas arriesga hasta a tres años de cárcel de presidio efectivo, con multas que fluctúan entre 10 y 200 UTM (entre $500 mil y $10 millones).
2. Más grave si tiene Covid. La disposición legal indica que si la persona viola las reglas sanitarias sabiendo que fue diagnosticado con Covid-19 arriesga una sanción de presidio menor en su grado medio a máximo, o sea hasta 5 años de cárcel con multas entre 25 a 250 UTM, o sea, de $1 millón a $12 millones.
3. Castigo al empleador. La iniciativa también establece que si un empleador o quien tiene autoridad para disponer el trabajo de un subordinado obliga a trabajar presencialmente a una persona cuando ésta se encuentra en cuarentena o aislamiento sanitario obligatorio decretado por la autoridad pública, puede ser sancionado con hasta tres años de cárcel y una multa de 10 a 200 UTM por cada trabajador obligado.
4. Agravante. Se considera como circunstancia agravante del delito violar las medidas sanitarias en una convocatoria a espectáculos, celebraciones o festividades prohibidas por la autoridad sanitaria en tiempo de catástrofe, pandemia o contagio. Esto luego de conocer casos de fiestas clandestinas que han sido duramente criticadas por el Gobierno.
Valoraron la acción
El presidente de la Cámara, Diego Paulsen, cree que la ley ayudará a que el Gobierno controle a estas personas. "Ante hechos y tiempos excepcionales, necesitamos medidas excepcionales", agregó.
Por su parte el diputado Marcos Ilabaca (PS), quien votó en contra de la ley, hizo reserva de constitucionalidad, la cual fue duramente criticada por la bancada UDI, desde donde dijeron que responsabilizarán al Partido Socialista de eventuales muertes.
Más temprano, el ministro Espina dijo que "quien infrinja la cuarentena va a pagar con cárcel porque no hay otra alternativa".
El diputado del Frente Amplio, Gabriel Boric, criticó la medida y las palabras del ministro. "No puede generalizarse de una manera desproporcionada para que se termine sancionando a quienes por necesidad y urgencia, porque el Estado no ha provisto con las condiciones materiales necesarias para que la cuarentena no sea un privilegio, salgan de sus casas", sostuvo.