Hasta mañana hay plazo para que vocales de mesa presenten sus excusas
Los que no concurran a ejercer este deber y no cuenten con justificación se arriesgan a multas entre las dos y las ocho UTM.
El Plebiscito de Salida para aprobar o rechazar el texto de una nueva Constitución para el país está a la vuelta de la esquina y Chile se prepara para la recta final de este proceso. Es por eso que tras la publicación del Servicio Electoral (Servel) durante el fin de semana de la nómina de vocales de mesa y locales de votación, son tres días los que dispuso el organismo para excusarse de aquella función.
En concreto, estos tres días de plazo para presentar las razones de excusa comenzaron ayer y se extenderán hasta mañana jueves 18 de agosto.
De esta forma, cualquier vocal podrá excusarse de desempeñar el cargo, de conformidad con las causales de excusa del artículo 49 de la Ley 18.700, las cuales deben ser formuladas por escrito ante el secretario de la junta electoral respectiva.
Acorde con lo dispuesto por el Servel, una de las causales de excusa es tener 60 o más años -sin embargo, el organismo es claro en señalar que, de todas formas, podrán ofrecerse voluntariamente para ejercer como vocal de mesa, consignó el portal de noticias Emol.
Además, podrán justificarse las mujeres embarazadas durante todo el período de gestación. A su vez, los padres o madres de un hijo o hija de menor de dos años al día 4 de septiembre de 2022; también quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades; y las personas que cumplan funciones en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
En cuanto a las personas que sean requeridas como vocales el mismo domingo 4 de septiembre, éstas podrán acreditar las correspondientes excusas ante el delegado del local el día del Plebiscito, o ante el juez de Policía Local en caso de ser citados con posterioridad.
Cabe destacar que los vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores que no concurran a sus funciones, sin previamente excusarse, arriesgan multas que van de 2 a 8 UTM, es decir, un monto que va entre $117.544 y $470.176. Una vez terminado el periodo de excusa, el Servicio Electoral entregará una segunda nómina con los vocales reemplazantes. Aquella lista será publicada este sábado 20 de agosto.
Hay que recordar que este proceso de votación es obligatorio, pero la normativa vigente no establece un periodo de excusas antes del Plebiscito de salida para quienes no puedan sufragar.
Sin embargo, si no cumple con la obligación de votar, la persona deberá acreditar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local, respectivo cuando sea notificado con posterioridad al referéndum, cuyo aviso llegará al domicilio electoral registrado.
En tal caso, cuatro son las razones de excusa para no votar: enfermedad; ausencia del país; encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros del registrado su domicilio electoral y padecer otro impedimento grave.
4 de septiembre se realizará el histórico plebiscito para aprobar o rechazar la Constitución.