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Corte de Apelaciones acoge recurso para la aplicación de Consulta Indígena en Yalquincha

Se trata de una acción legal interpuesta por dos comunidades del sector para que se les incluya dentro de un nuevo proceso de evaluación ambiental requerido por los recurrentes ante la construcción de un puente en el valle.
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Redacción

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió la reclamación que las comunidades indígenas de Yalquincha Lickan Ichai Paatcha y Kamac Mayu interpusieron en el tribunal de alzada con el objetivo de que sean incluidos en el proceso de evaluación ambiental y como parte de las obras de construcción de un puente en ese valle de Calama.

Según explicó el abogado de las comunidades originarias del valle de Yalquincha, Sergio Chamorro, "se trata de una acción muy esperada y además requerida en un contexto en que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), no incluyó a las comunidades e invalidó la solicitud hecha por los comuneros".

En este último sentido el abogado patrocinante agregó que "se confirma que durante el proceso de evaluación ambiental, en el marco del proyecto de la construcción de la nueva avenida Circunvalación, el Servicio de Evaluación Ambiental de la región, y de forma permanente negó la participación de las comunidades de Yalquincha en el área de afectación. Por lo tanto se estableció que tenía impacto directo en el valle y por ende a quienes habían solicitado se hiciera una consulta indígena, y que fue comprobado en este proceso".

Afectación

De acuerdo a lo explicado por las comunidades, "el área de afectación implica el movimiento de tierra, el tránsito de vehículos industriales, y el impacto en la flora y fauna, así también en un sector de pastoreo y patrimonial para quienes habitamos el sector. Durante el desarrollo del proyecto, en la etapa de construcción de un puente que conectará la nueva avenida Circunvalación con las rutas de acceso a centros mineros y de interconexión a otras vías, no ha tenido participación ni consideración alguna a las solicitudes hechas a las autoridades a cargo del proyecto".

En el fallo, la Corte de Apelaciones de Antofagasta expuso que "en consecuencia, teniendo presente lo dispuesto en el artículo Segundo del Decreto Supremo número 66, en cuanto a estimar la consulta como un deber de los órganos del Estado y un derecho de los pueblos indígenas que pudiesen ser directamente afectados por la adopción de medidas legislativas o administrativas, y conforme lo dispuesto en el artículo 85 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en cuanto se exige, en caso de que existan medidas que afecten directamente a un grupo o grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, la realización de un proceso de consulta de buena fe, estima que la incurrida debió o pudo solicitar un informe de procedencia a la subsecretaría de Servicios Sociales del Ministerio de Desarrollo Social a efectos de iniciar un proceso de consulta indígena".

En tanto el abogado de los comuneros explicó además que "durante el proceso de evaluación ambiental el SEA no solicitó a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), informe alguno acerca de la afectación e impacto que tendrían las obras que se proyectan en el valle de Yalquincha".

El proyecto de la Doble Vía Calama a Carmen Alto, incluye en una de sus etapas la construcción de la estructura, y cuyos trabajos -obras civiles- ya se estaban ejecutando en la pared alta -meseta - del valle de Yalquincha, y que atraviesa justamente un área de valor patrimonial y ganadero, "como también un lugar donde habitan aves y otras especies características del sector", agregó el profesional que representa a las dos comunidades indígenas.

Según informó el abogado, "si bien el fallo es apelable, se debe retrotraer el proceso de evaluación ambiental al estado de realizar la consulta indígena, y el cese del avance en las obras de este puente y que el proyecto no cuenta con licencia medioambiental. Así también la prohibición de ingreso de maquinarias industriales al valle mientras se cumplen las medidas estipuladas por el tribunal de alzada y como falló en esta instancia".

Minera Centinela comenzó el año usando un 100% agua de mar en sus operaciones

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Después de casi dos años de trabajo, Minera Centinela de Antofagasta Minerals (AMSA), tal como lo anunciara el presidente ejecutivo Iván Arriagada, logró materializar su decisión de pasar a operar en un 100% con agua de mar. De esta forma, pone término a la extracción desde napas subterráneas, lo que equivalía al 8% del agua que utilizaba la compañía.

Lo anterior requirió la ejecución de diversos proyectos, cuya inversión ascendió aproximadamente a 131 millones de dólares. Esto, explica Carlos Espinoza, gerente general de la empresa, "es porque estamos conscientes de la importancia de evolucionar con convicción y sentido de urgencia hacia una minería que se haga cargo de los efectos del cambio climático y vele por el cuidado del recurso hídrico en el desierto más árido del mundo".

Centinela se ha caracterizado desde sus orígenes por su compromiso con el medio ambiente y con la sustentabilidad, lo que ha plasmado "en acciones como ésta, que reflejan una forma de hacer minería moderna y responsable", detalla el ejecutivo.

Soluciones pioneras

Cabe destacar, entre otras cosas, que la compañía fue pionera en el mundo en la utilización de relaves espesados, tecnología que permite un uso más eficiente del agua. Además, su operación incluye una planta termo solar para disminuir el consumo de combustible y las emisiones. En 2021 obtuvo la certificación internacional The Copper Mark, entidad que garantiza que la producción de cobre se hace acorde a los objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU y desde enero de 2022 opera con energía eléctrica proveniente de fuentes 100% renovable.

El inicio oficial de la operación de Minera Centinela con un 100% de agua de mar contribuye, además, a la meta del grupo Antofagasta Minerals de que al año 2025 más del 90% del agua que utilicen sus operaciones sea de mar y recirculada, dejando de utilizar aguas continentales.