14 colegios subvencionados y particulares adelantarán inicio de clases para fin de mes
Aunque la gran mayoría, incluyendo a los establecimientos públicos, lo harán a partir del viernes 3 de marzo.
Redacción - La Estrella del Loa
Si bien, la mayoría de los establecimientos educacionales en la comuna de Calama iniciarán las clases el viernes 3 de marzo, de acuerdo al calendario escolar establecido en la Región de Antofagasta, 14 colegios adelantarán el ingreso para los últimos días del presente mes.
Cabe señalar que en la mayoría de los recintos educacionales municipalizados el año escolar se inicia el miércoles 1° de marzo, con el retorno de los docentes del período de vacaciones legales, y finaliza el 31 de diciembre de 2023, ambas fechas inclusive.
No obstante, la Secretaría Regional Ministerial de Educación podrá fijar fechas diferentes para establecimientos educacionales que por su situación geográfica u otros factores no pudieren iniciar o terminar sus actividades en este período en particular.
Además el seremi de Educación, Alberto Santander, indica en el documento oficial emanado de dicha cartera, que "el año escolar comprende el período de vacaciones. Los establecimientos educacionales deberán organizar el año lectivo considerando el cumplimiento de la carga horaria mínima establecida en sus planes de estudios".
"Tendrá una duración mínima de 38 semanas para los establecimientos que estén adscritos al régimen de la Jornada Escolar Completa Diurna (JEC) y de 40 semanas para los que no lo estén. En el caso de la modalidad de educación de adultos la duración mínima es de 36 semanas", explicó al respecto.
De igual manera, detalló que "el año escolar considerará todas aquellas actividades necesarias para la planificación, organización, desarrollo, evaluación y finalización de las distintas actividades que comprende el quehacer de un establecimiento educacional", donde incluye diferentes fechas para determinadas gestiones administrativas tendientes a concretar los trabajos y planificaciones dispuestas por el Mineduc (Ministerio de Educación).
Otros aspectos
Los establecimientos con régimen trimestral pueden tener recesos trimestrales y las respectivas jornadas de evaluación y planificación (una semana al término del primer semestre y una semana al término del segundo semestre o vacaciones semestrales. Si optan por vacaciones semestrales deben ser en el mismo período que los establecimientos con régimen semestral del 3 al 14 de julio).
En otro aspecto, se considera que "a los alumnos de 4° años de educación media, a los segundos niveles medios HC de educación de adultos y a los terceros niveles medios TP de educación de adultos, se les autorizará el cierre del año lectivo dos semanas antes de rendir la Prueba de Acceso a la Educación Superior (PAES)".
En el documento que define el inicio del año escolar, también se determina en que circunstancias se podrán suspender las clases: "Estas sólo deben corresponder a situaciones excepcionales tales como catástrofes naturales, cortes de energía eléctrica, de agua u otras de fuerza mayor. La solicitud de suspensión debe ser presentada ante la Secretaría Regional Ministerial".
En esta instancia, el establecimiento deberá acompañar el respectivo calendario de recuperación de clases.
Asimismo en cuanto a los cambios de actividades deben considerarse dentro de la planificación anual de los establecimientos, por lo que sólo las excepciones o situaciones imprevistas que impliquen un cambio de lo planificado deberán comunicarse con anticipación al Departamento Provincial de Educación respectivo.
Estos cambios son una modificación al horario y forma de organización regular de las clases, pero siempre con asistencia de estudiantes.
La supervisión del cumplimiento y debida aplicación de las normas que rigen al calendario escolar es de responsabilidad de la Secretaría Regional Ministerial de Educación.