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Tras las elecciones ¿Qué se viene ahora en el camino constitucional?

El próximo 7 de junio iniciará el trabajo del Consejo Constitucional en la redacción de la Carta Magna, para lo cual dispondrá de cinco meses y entregará el proyecto el 7 de noviembre. El 17 de diciembre se vivirá un nuevo plebiscito de salida.
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Ricardo Muñoz Espinoza

El pasado domingo Chile se manifestó en las urnas para elegir a los integrantes del Consejo Constitucional, el cual será el ente encargado de trabajar en el texto para la nueva Constitución que regirá al país durante las próximas décadas.

En la Región de Antofagasta los representantes serán el doctor Carlos Solar y la ingeniera comercial, Carmen Montoya por parte del parte Republicano, mientras que el experto en derecho y doctor en filosofía y letras, José Antonio González de Unidad Para Chile.

A diferencia de la anterior Convención Constitucional, este proceso será más breve. Los convencionales tuvieron el periodo de un año para redactar la Carta Magna que finalmente fue rechazada en septiembre de 2022, mientras que los consejeros dispondrán de los próximos cinco meses para la misma tarea, con un plebiscito de salida que se realizará en diciembre.

Próximas fechas

¿Cuáles serán las próximas fechas claves de este proceso constitucional? Lo primero que se viene tras las elecciones es la conformación del Consejo que se realizará el 7 de junio.

De esta forma, el trabajo en el texto se extenderá hasta el 7 de noviembre, fecha en la que se entregará el proyecto constitucional para que sea evaluado por la comunidad.

Los chilenos tendrán poco más de un mes (40 días) de campaña para interiorizarse con la nueva Carta Magna y leerla, dado que el 17 de diciembre se efectuará el plebiscito de salida en el que una vez más se deberá votar si es que se aprueba o se rechaza el proyecto.

Hay que recordar que la razón por la que los consejeros tendrán menos tiempo para la redacción que los convencionales se debe a que desde marzo está trabajando el Comité de Expertos -que fue designado por la Cámara de Diputados- en la estructura del texto y el anteproyecto, el cual servirá como base para el Consejo.

Bases Institucionales

A la par también se agrega el trabajo del Comité Técnico de Admisibilidad, el cual fue designado por el Congreso y está compuesto por un grupo de 14 personas para revisar las normas aprobadas tanto por la Comisión de Expertos y también por el Consejo Constitucional, para determinar si se podrían considerar inadmisibles en caso de contraponerse a las 12 bases institucionales del Acuerdo por Chile en diciembre de 2022.

Estas 12 bases institucionales son:

1.- Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo.

2.- El Estado de Chile es unitario y descentralizado.

3.- La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.

4.- La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.

5.- Chile es un Estado social y Democrático de Derecho, cuya finalidad es promover el bien común; que reconoce derechos y libertades fundamentales; y que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal; y a través de instituciones estatales y privadas.

6.- Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.

7.- Chile tiene tres poderes separados e independientes entre sí:

a) Poder Ejecutivo, con un jefe de Gobierno con iniciativa exclusiva en el gasto público.

b) Poder Judicial, con unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas.

c) Poder legislativo bicameral, compuesto por un Senado y una Cámara de Diputados y Diputadas, sin perjuicio de sus atribuciones y competencias en particular.

8.- Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco Central, justicia electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República.

9.- Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida; la igualdad ante la ley; el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones; la libertad de conciencia y de culto; el interés superior de los niños, niñas y adolescentes; la libertad de enseñanza y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos; entre otros.

10.- Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las Fuerzas Armadas; y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones.

11.- La Constitución consagra, a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: estado de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia.

12.- Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad.

Tras las elecciones del domingo, el Consejo Constitucional quedó compuesto por: 23 representantes del partido Republicano, 16 de Unidad Para Chile, 11 de Chile Seguro y uno de los pueblos Indígenas.