Llaman a respetar feriados de Fiestas Patrias para trabajadores
El descanso para el comercio parte el 17 de septiembre a las 21.00 horas y termina el 20 a las 6:00 horas.
Cada vez queda menos para la celebración de las Fiestas Patrias, por lo que - como todos los años - el comercio está atento ante la normativa que rige su funcionamiento.
Para esto el seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, junto al director regional (s) del Trabajo, Gonzalo Laprida, realizaron un recorrido por algunas tiendas del centro de Antofagasta para llamar a respetar los feriados obligatorios del 18 y 19 de septiembre.
De esta manera informaron que el descanso de los trabajadores se inicia el 17 de septiembre a partir de las 21.00 horas y se extiende hasta el 20 de septiembre a las 6.00 horas. "Esto que significa que los locales comerciales como supermercados, mall y el comercio en general deben tomar los resguardos necesarios y cerrar con antelación, puesto que a las 21:00 horas ningún dependiente debe estar realizando labores en su interior. Queremos que nuestros trabajadores también puedan compartir en compañía de su familia durante estas fiestas", recalcó la autoridad.
Asimismo, dijo que los supermercados que se encuentran afectos a esta normativa cierran alrededor de las 19.00 horas. "El llamado es a cerrar oportunamente y que el público evite aglomeraciones de ir a comprar a último momento, que evidentemente causan malestares que terminan incluso en discusiones y peleas. Queremos que la gente haga su compra temprano".
La autoridad informó que se exceptúan de esta normativa quienes se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets y casinos de juegos, como así también aquellos locales comerciales en aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
Tampoco es aplicable para trabajadores dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y las que cumplan turnos fijados por la autoridad sanitaria. Además, los que laboren en tiendas de conveniencia adosadas a servicentros, siempre que vendan alimentos preparados allí mismo.
De ahora en adelante, todos ellos podrán descansar un feriado del comercio si ese mismo feriado lo trabajaron el año anterior para el mismo empleador. El nuevo sistema rige desde el 30 de mayo del año 2016 en virtud de la Ley N°20.918. Por ello, ya en víspera de las Fiestas Patrias del año pasado las autoridades llamaron a los empleadores incluidos en la nueva norma a organizar los turnos de modo de no arriesgarse a multas en la fiscalización que se hará ahora.
Fiscalizaciones
El director regional del Trabajo (s), Gonzalo Laprida, comentó que se fiscalizará el cierre del comercio previo a los feriados como también los días 18 y 19, labores que realizará un equipo regional de turno.
También dijo que en el caso de los empleadores que no respeten la norma estará disponible en el sitio web institucional www.direcciondeltrabajo.cl un banner, entre el 17 y 19 de septiembre, para hacer denuncias u obtener información sobre la normativa legal vigente.
En caso de no respetar los feriados obligatorios e irrenunciables, las sanciones que se aplicarán fluctúan entre $233.465 y $933.860.
Las multas se aplican por cada trabajador en infracción y dependerá del número de trabajadores de la empresa.
5 UTM por cada trabajador en infracción será la multa a la empresa (1 a 49 trabajadores).
10 UTM por cada trabajador en infracción será la multa a la empresa (50 a 99 trabajadores).